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viernes, 2 de febrero de 2024

#Colombia: Vulnerabilidad económica de la población trabajadora informal


Por: Javier López Botero 

Psicólogo social comunitario 

Uno de los principales objetivos de las tecnocracias neoliberales es la privatización  total o parcial del espacio público a través de procesos de licitación, contratación directa o indirecta, con estas privatizaciones se pretenden el recaudo de dineros para el estado  provenientes de grandes cadenas de comercio, multinacionales, restaurantes de alto impacto, discotecas, bares, empresa constructoras, etc., dineros que en todo caso no  van a apalancar proyectos  sociales o de desarrollo económico sino el fortalecimiento de la corrupción.

Pero para logar dicha privatización requieren primero del desalojo de los trabajadores informales cientos, miles que tienen en el espacio público su única o más importante fuente de ingresos, para ello ha recurrido al uso de la fuerza, a través de desalojos y con ello la violación de derechos sociales y económicos de estos trabajadores, sin embargo con el  rechazo de la  mayoría de los colombianos a estas políticas represivas el gobierno nacional y los gobiernos  locales recurren a la presentación de falsas políticas públicas de vendedores que en ningún momento buscan mejorar las condiciones de vida de estos trabajadores, sino que mediante retoricas plantean la “recuperación”  del espacio público para “mejorar” estas condiciones de vida, pero nuevamente queda en evidencia  el único interés de sacar al vendedor para poder proceder a la tan anhelada privatización.

Frente a todo esto solo queda atacar la vulnerabilidad económica del vendedor, demostrar que esa persona que trabaja en el espacio público ya no es vulnerable económicamente y por ello ya no requiere de ese sitio en el que ha laborado por muchos años ganándose la confianza legítima, para ello recurre a la caracterización, estudio socioeconómico utilizando para ello criterios de evaluación de vulnerabilidad expuestos por  el Departamento Nacional de Planeación, cuyos criterios son los mismos de las encuestas del SISBEN que se realizan para determinar el puntaje  de una persona y saber en qué grupo queda ( a,b,c,d y sus subgrupos).

Y si el vendedor es vulnerable, la solución es ofrecerle cursos de emprendimiento y capacitaciones que la misma Corte Constitucional ha calificado en su sentencia T-067 de 2017 como una solución parcial, totalizante y que desconoce el derecho fundamental del que son titulares los vendedores informales para construir sus propios estándares de vida”. El derecho constitucional de los trabajadores informales no consiste en que se les trasforme en trabajadores formales, sino en tener un trabajo decente que les permita vivir en condiciones dignas.

En ese mismo orden de ideas la sentencia T 090 de 2020 la Corte Constitucional ratifica su preocupación frente a la pérdida de derechos y la extrema condición de vulnerabilidad económica de los vendedores, frente a una revisión de una tutela interpuesta por una vendedora de Medellín, se pone especial énfasis en reconocer la vulnerabilidad de dicha vendedora a la que la alcaldía de esa ciudad ha negado su derecho a ser reconocida como vendedora pese a  haber aceptado una reubicación temporal por unas obras ejecutadas en  el sector donde  la señora laboraba.

Extraemos a continuación algunas de las apreciaciones más importantes desplegadas en la sentencia final.

SENTENCIA T-090 DE 2020, PROTECCION ESPECIAL DE LAS PERSONAS QUE SE DEDICAN A LAS VENTAS AMBULANTES DEBIDO A SU SITUACION DE VULNERABLILIDAD

 

Planteamiento del caso y problema jurídico.

 Como en otras sentencias de la corte, se debate la responsabilidad del estado con relación al espacio público, ffrente a la Especial protección constitucional otorgada a los vendedores informales

No obstante, la relevancia y justificación de velar por el espacio público, el deber del Estado en algunas ocasiones entra en tensión con otras prerrogativas de rango constitucional, entre ellas, el artículo 25 que consagra la protección al derecho al trabajo y el artículo 26 que establece la libertad de profesión u oficio. Por ejemplo, cuando quienes se dedican al comercio informal en dicho entorno resultan afectados con las medidas de recuperación del espacio público

La Corte ha expresado que el sector informal es aquel en el que no opera una relación salarial, ni se garantiza la estabilidad laboral al no contar con la protección propia de la seguridad social, en cambio, es un ámbito en el cual priman las cualidades individuales, donde las oportunidades son inciertas, los ingresos fluctuantes y se presenta una alta movilidad social.

Estas características no han pasado desapercibidas para este Tribunal que, atendiendo las condiciones de vulnerabilidad en la que se encuentran la mayoría de los vendedores informales -quienes se han visto impulsados a estas actividades debido a la falta de oportunidades académicas o laborales, sumado a la escasez de recursos económicos-, ha determinado que requieren una mayor protección por parte del Estado de acuerdo con la cláusula de igualdad material contenida en el artículo 13 superior, la cual impone al Estado promover condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptar medidas afirmativas a favor de grupos discriminados o marginados. Por ello han sido considerados sujetos de especial protección

Esta Corporación recientemente sostuvo que la protección de los derechos de los trabajadores informales no se limita a su reubicación en otro lugar donde pueda ser nuevamente objeto de desalojo, por el contrario, el Estado asume la cargar de localizarlo en un sitio que le permita el desarrollo de su actividad en similares condiciones, Igualmente, la jurisprudencia constitucional ha precisado que las políticas públicas que en materia de espacio público adelante la administración además de procurar la reubicación de los trabajadores informales también pueden ofrecer programas que conduzcan a la vinculación laboral en condiciones dignas.

En conclusión, el deber del Estado de velar por el espacio pùblico no es justificación para que afecte de forma desproporcionada o abusiva los derechos de los vendodores informales, quienes son sujetos de especial protección constitucional dadas las circunstancias de debilidad o desprotección en las que se encuentran. Por lo cual, ante los conflictos que puedan presentarse, la Corte ha indicado que la administración debe procurar por desarrollar políticas públicas que ofrezcan alternaticas económicas adecuadas a quienes resulten afectados en los procesos de recuperación del espacio público.

 DEBIDO PROCESO

La Constitución Política consagra en el artículo 29 el derecho al debido proceso, estableciendo que su aplicación tendrá lugar en toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Esta prerrogativa está orientada a garantizar que la función pública se encauce en la materialización de los fines del Estado, entre ellos, velar por la efectividad de los principios, derechos y deberes y la vigencia de un orden justo.

EXTREMA CONDICION DE VULNERABILIDAD DE VENDEDORA INFORMAL

 Al efecto, recuérdese que los ingresos mensuales de la actora no superan el salario mínimo, no recibe ningún apoyo económico por parte de sus familiares ni cuenta con una fuente de ingreso distinta a la producida por sus ventas informales. Así mismo, no está cubierta por el sistema de seguridad social, se encuentra afiliada al régimen subsidiado de salud, por lo cual ante un decaimiento en la salud o una situación incapacitante no tendría derecho a los auxilios económicos que permiten contrarrestar los efectos de no poder trabajar

DERECHO FUNDAMENTAL AL TRABAJO

Por otro lado, la determinación de la administración también transgredió el derecho fundamental al trabajo de la actora, lo cual, de suyo, afectó su prerrogativa al mínimo vital, teniendo en cuenta que los ingresos que permiten su subsistencia se derivan del producto de las ventas informales que a diario lleva cabo. En relación con la transgresión al mínimo vital, debe recordarse que la jurisprudencia constitucional ha sostenido que la protección de la legislación comercial en el ámbito del derecho privado, aplicable a las empresas y comerciantes, se extiende “de manera análoga a los vendedores informales, pues estos también ‘desarrollan clientelas, acreditan sus servicios y productos y establecen dinámicas comerciales equivalentes a las de las empresas que atienden al público’

Vulnerabilidad económica

Según fue señalado por la accionada, el criterio de vulnerabilidad consiste, esencialmente, en la carencia de recursos y oportunidades que permiten suplir las necesidades básicas insatisfechas de las personas”

En conclusión, al hallar vulnerados los derechos fundamentales al trabajo, mínimo vital y debido proceso administrativo de la accionante, la Sala revocará el fallo de segunda instancia y, en su lugar, concederá el amparo constitucional.

 

 

LA DECLARACION EXTRAJUICIO COMO PRUEBA PROCESAL

 

 

La corte considera valida la declaración extrajucio como prueba documental, en este caso para demostrar estancia temporal de la actora en bello y su residencia permanente en Medellín.

 

CONCLUSIONES

 ¿Cómo se mide en Colombia si un hogar es pobre o vulnerable?

 La metodología mide los ingresos totales mensuales de un hogar en relación con el número de integrantes que lo componen. Por ejemplo, un hogar que está compuesto por cuatro personas es clasificado como pobre (pobreza monetaria) si su ingreso total mensual está por debajo de $1.310.696, y como indigente (pobreza monetaria extrema) si es inferior a $549.400. Entonces, la línea de pobreza es superior a 1 salario mínimo mensual vigente (smmv), que actualmente es de $908.526.

 Como lo que pretende atacar el gobierno neoliberal de Jorge Iván Ospina en relación con los trabajadores informales de Cali es el grado de vulnerabilidad económica de estos trabajadores y sus familias a través del estudio socioeconómico (caracterización), es muy importante que cada vendedor tenga en claro cuál es su ingreso mensual, cuanto de este ingreso corresponde al puesto o venta informal, así como tener en claro los gastos familiares, personas a cargo, si son adultos mayores, personas en condición de discapacidad, menores de edad, si el grupo familiar lo encabeza el padre o madre cabeza de familia, etc.

 En todo caso debemos defender no solo la vulnerabilidad económica del vendedor y su familia sino también el peligro de caer en vulnerabilidad si se le quita su única fuente de empleo, es decir al no percibir esta persona el único ingreso que venía percibiendo producto de la venta en su sitio de trabajo (Pobreza multidimensional, falta de empleo o desempleo de larga duración).

miércoles, 17 de marzo de 2021

Sintió ansiedad o estrés en esta pandemia?, encuesta revela impacto en la salud mental de los caleños

#Cali #HumanidadYPsicologia A raíz de la pandemia por covid-19 la salud mental se ha visto impactada de forma negativa en los caleños. Las emociones asociadas al miedo, preocupación, estrés, depresión, entre otras, han aumentado en los últimos meses. Esto, debido a la falta de control y a la incertidumbre que la emergencia sanitaria ha generado, alterando el estado de ánimo e incrementando la aparición de problemas de salud mental.

Así lo demuestran diferentes estudios realizados como el del Observatorio de Políticas Públicas (Polis) de la Universidad Icesi, en la cual se devela que el bienestar mental de los caleños se deterioró durante la pandemia.

De hecho, según la encuesta, que se realizó entre noviembre del 2020 y enero del 2021, a 1000 ciudadanos a través de un sondeo online, el año pasado, los caleños reportaron 8 días, en promedio, en el mes que no se sintieron bien emocionalmente, mientras que para años anteriores, el promedio era de un día.

Asimismo, el informe detalla que las personas se sintieron más preocupadas y deprimidas, afirmación que se refleja en las cifras: durante el confinamiento aumentó en 78 % y en 125 % la preocupación y depresión en comparación con años anteriores, menciona el estudio

.En términos de felicidad, “la población manifestó una reducción en la medida a 6,9 en la pandemia, dos puntos por debajo del promedio en años anteriores”, también especifica el informe.

Incluso, se evidencia que las personas que viven en los estratos bajos tienen una mayor afectación en su salud mental, dado que tienen mayor prevalencia de emociones negativas comparado con los estratos medios y altos. Por ejemplo, los días que en promedio sintieron mala salud mental durante el mes es mayor en los estratos bajos: 9 días en promedio, para los estratos altos fue de 7 días; además, experimentan con mayor frecuencia depresión y ansiedad.

También en la encuesta de Polis, se logra conocer que se tiene preocupación sobre el futuro y la recesión económica. Y es que en el ámbito de salud mental, las personas que reportaron tener algún impacto en su situación económica presentaron mayores porcentajes de afectación en su bienestar. Es más, quienes perdieron su empleo experimentaron, en promedio, 11 días de no sentirse bien emocionalmente y quienes tuvieron una reducción en sus ingresos, 10 días.

Teniendo en cuenta estos resultados, Lina Martínez, directora de Polis, afirma que “la pandemia afectó básicamente todo lo que cotidianamente nos hace felices, y genera emociones prevalentes de miedo, ansiedad, estrés, incertidumbre que afecta la salud mental”.

Además, detalla que entre la población más afectada en este ámbito están las mujeres y los informales. “Vemos una disminución muy importante en los niveles de satisfacción con la vida, de felicidad y aumento de emociones como de preocupación, estrés en toda la población, pero particularmente entre las mujeres, los empleados informales, ellos son los que han tenido una mayor prevalencia de las emociones negativas”, anota.

Al respecto, la psicóloga clínica Mabel Rojas asevera que las deudas y la falta de ingresos económicos “pueden deteriorar o afectar la salud mental”. Y añade que con la aparición de la pandemia “la ansiedad, los episodios de pánico, la angustia, la intolerancia son emociones que han aparecido recurrentes en las familias y comunidades”.

No obstante, la profesional asegura que “parte de la salud mental es hacernos cargo de la ansiedad, de la depresión a través de la actividad física, las buenas relaciones sociales, de tener empatía (ponerse en los ‘zapatos’ del otro), contribuir a que la comunidad mejore y trabajar productivamente”.

Por otro lado, Doris Tejeda, subsecretaria de Promoción, Prevención y Producción Social de la Salud en Cali, recalca que la salud mental de los ciudadanos ha sido impactada y “esto se refleja en un indicador de personas atendidas por depresión: en el 2019 atendimos 1322 en la ciudad, y al año 2020 ese registro se duplicó”.

Respecto a las actividades que se han realizado en pro de contribuir a mejorar la salud mental de los caleños, Tejeda comenta que desde el año pasado se están haciendo programas virtuales llamados ‘jueves de salud mental’, el cual “se realiza con profesionales invitados, donde las personas podían expresar las situaciones que estaban viviendo, se orientaba y se daban tips de cómo resolver o manejar su situación de pánico, ansiedad; dónde acudir, qué actividades realizar para que cambiara la situación”.

También, se habilitó la línea de salud mental 4865555 Ext. 9, en la cual las personas pueden recibir orientación y atención con psicólogos. El año pasado atendieron 4925 llamadas y hasta enero de este año, 484.

Asimismo, Tejeda precisa que “el rubro ha ido incrementando para los programas de salud mental, incluso estamos desarrollando una política de salud mental para Cali que va a ser presentada próximamente al Concejo”.

Dicha política trabajará en cinco componentes: trastornos mentales, consumo de sustancias psicoactivas, violencia, intento de suicidio y epilepsia.

A pesar de las acciones implementadas, los expertos consideran que se deben fortalecer las redes de apoyo para las personas que lo requieren.

De hecho, la directora de Polis, Lina Martínez, considera que “esta pandemia muestra que el sistema de salud no es solamente es la enfermedad física, también es la salud mental y en general se le invierte, la parte mental no es una prioridad, no solo es mantenernos sanos en términos físicos sino también trabajar en pos de la salud mental de los individuos y eso es una discusión que se tienen que dar”.

Y finaliza: “culturalmente decimos: no tengo por qué ir a un psicólogo, no estoy deprimida, es un fenómeno que a todos nos pasa, hay que empezar a tener una conversación más abierta en este campo”.
Efectos de la actividad física
La encuesta de Polis mostró que quienes realizan actividad física reportan con menos frecuencia (54 %) emociones negativas como depresión, estrés y preocupación comparado con el 60 % de quienes no practican o realizan alguna actividad física.

Asimismo, quienes realizaron ejercicio reportaron dos días menos de ansiedad y depresión.

Al respecto, Víctor González, profesional en deporte, explica que “la actividad física es un excelente aliado para el cuerpo, ya que la movilidad fortalece músculos, articulaciones, combate la depresión, el estrés, el cansancio, mejora la calidad física y mental”.

Es por esto que señala que es importante que desde la Administración “se activen programas de promoción y prevención, el deporte en las diferentes comunas, llevando charlas, talleres a las personas, fomentando el deporte y los buenos hábitos de vida”.

En cifras
63 % de las mujeres en Cali experimentaron con mayor frecuencia depresión, estrés y preocupación. Los hombres, en cambio, se vieron afectados en un 48 %, según la encuesta realizada por Polis entre noviembre de 2020 y enero de 2021.

25 % de los colombianos calificaron su estado de salud como regular o malo, en la encuesta Pulso Social que realiza el Dane.
https://m.elpais.com.co/cali/sintio-ansiedad-o-estres-en-esta-pandemia-encuesta-revela-impacto-en-la-salud-mental-de-los-calenos.html
43 % sintieron durante los últimos 7 días emociones como preocupación o nerviosismo.

32 % de los colombianos no recibe ninguna remuneración desde el comienzo de la pandemia, según Profamilia.

53 % de la población en Colombia reportó estar en estado de ansiedad y el 80 % se sintieron deprimidos durante el 2020.

43 % de las llamadas de las líneas de atención fueron en respuesta a síntomas asociados a ansiedad, estrés y depresión, según Minsalud.

https://m.elpais.com.co/cali/sintio-ansiedad-o-estres-en-esta-pandemia-encuesta-revela-impacto-en-la-salud-mental-de-los-calenos.html

domingo, 24 de enero de 2021

Te explicamos la diferencia entre las pruebas para #COVID19


 

En nuestro país tenemos disponibilidad de 3 tipos de pruebas (basadas en la detección de antígenos, anticuerpos y ácidos nucleícos) para conocer si una persona está infectada con el virus SARS-CoV-2, causante de la enfermedad COVID-19.

A continuación, te explicamos sus principales diferencias:

Prueba RT-PCR (Detección de ácidos nucleicos)

La técnica de “Reacción en Cadena de la Polimerasa”, o “RT-PCR” por su sigla en inglés, se ha utilizado en el mundo durante años para detectar algunos patógenos, como por ejemplo el virus causante de la influenza.

En el caso de la enfermedad COVID-19, la prueba detecta si hay presencia de material genético (ARN) del virus SARS-CoV-2 en una muestra clínica obtenida del cuerpo del paciente y que por lo general se extrae introduciendo profundamente un hisopo largo por uno de los orificios nasales del paciente; su resultado podría tardar entre 3 y 48 horas, según la disponibilidad del laboratorio que procese la muestra.

Este tipo de prueba tiene tres características que la destacan de las demás:

  • Su alta especificidad. Esto quiere decir que puede diferenciar entre dos microorganismos que son muy cercanos evolutivamente
  • Se ha demostrado que además de una alta sensibilidad, también cuenta con muy buena especificidad en la infección temprana (hasta 11 días después del inicio de síntomas)

Por lo anterior, es la prueba de elección o estándar de oro para el diagnóstico.

Esta prueba tiene cierto grado de complejidad y requiere que se lleve a cabo por personal entrenado de principio a fin. A pesar de sus grandes ventajas, esta prueba no permite obtener diagnósticos masivos de manera rápida y por ello ha sido necesario buscar otros métodos más ágiles que contribuyan a frenar la evolución de este virus a nivel mundial.

Pruebas rápidas para detección de antígenos

A diferencia de la PCR, este tipo de prueba no detecta material genético sino proteínas del virus a través de una muestra de fluido nasal o bucofaríngeo extraído por medio de un hisopo. Puede utilizarse para analizar a un gran número de personas, pues sus resultados son procesados en, aproximadamente, 15 minutos.

Este tipo de prueba tiene una sensibilidad alta en los primeros días de la infección, por lo que permiten un diagnóstico rápido en casos en que el paciente presenta síntomas de la enfermedad y que han tenido contacto directo con una persona diagnosticada con esta enfermedad.

Pruebas rápidas para detección de anticuerpos

Se realiza utilizando una pequeña muestra de sangre para detectar la respuesta inmune contra el virus, es decir que puede notar si tu cuerpo ha creado anticuerpos contra el SARS-CoV-2 y de este modo, en un tiempo máximo de 10 minutos, se conocer si la persona está o estuvo infectada con anterioridad.

Debes recordar que las muestras siempre deben ser tomadas por profesionales de la salud (médicos, enfermeras o auxiliares capacitados) y en laboratorios debidamente autorizados para realizar un debido diagnóstico.